OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria determinar la colaboración de la
Mancomunidad de Los Pedroches con eventos y actividades a realizar en 2025, que
sean organizadas por empresas, asociaciones u otros colectivos pertenecientes a la
comarca de Los Pedroches. Quedan exceptuadas las organizadas por los
Ayuntamientos u otras entidades públicas.
Dicha colaboración se materializará mediante una ayuda económica para sufragar los
gastos de publicidad y difusión del evento o actividad para lo cual la Mancomunidad
destinará un total de 6.000 € en el Presupuesto General de la entidad para 2025.

 

PROCEDIMIENTO
Los interesados deberán formular solicitud de colaboración dirigida al Presidente de la
Mancomunidad de Los Pedroches, acompañada obligatoriamente de una memoria
descriptiva de la actividad a realizar con referencia expresa a los aspectos a valorar
conforme a los criterios que se establecen la presente convocatoria. Aquellos criterios
no especificados o no justificados suficientemente no serán valorados.
Igualmente la memoria deberá incluir las acciones de publicidad y comunicación
previstas e irá acompañada de un presupuesto desglosado de gastos e ingresos
previstos, fecha prevista de la actividad y cantidad solicitada.
El plazo de presentación de solicitudes de colaboración estará abierto hasta el 28 de
febrero de 2025.
Las solicitudes serán resueltas por la Junta de Gobierno de la Mancomunidad de Los
Pedroches.

 

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
Una vez concedida la ayuda el beneficiario está obligado a:
1.- Realizar la actividad conforme a lo reflejado en la memoria descriptiva. Cualquier
cambio que se produzca en la actividad programada debe comunicarse a la
Mancomunidad de Los Pedroches antes de su ejecución.
Si dichos cambios que afectaran sustancialmente a la actividad inicialmente prevista,
serán objeto de revisión por la Junta de Gobierno la cual podría reconsiderar la ayuda
concedida o anularla.
2.- Insertar el logotipo de la Mancomunidad en todas las acciones de publicidad y
difusión de la actividad previstos.
3.- Finalizada la actividad deberá presentar una memoria justificativa, con inclusión de
copia de las facturas del gasto producido conforme al presupuesto aprobado,
reportaje fotográfico y justificación de la difusión y publicidad realizada en medios de
comunicación. Asimismo se entregará al menos una muestra de los elementos de
publicidad y/o merchandising que se hayan elaborado.
Una vez comprobada la documentación justificativa la Mancomunidad emitirá, si
procede, un informe de conformidad y asumirá el pago directamente de las facturas a
las empresas por los gastos de publicidad y difusión de la actividad, por el importe
concedido.

 

CRITERIOS BAREMABLES PARA DETERMINAR LA CUANTÍA DE COLABORACIÓN.
1. Ámbito territorial:
No se atenderá ninguna solicitud de colaboración si la actividad o evento
tiene ámbito exclusivamente municipal (se desarrolle en un solo municipio).
Si la actuación se desarrolla entre 2 y 5 municipios: 10 puntos
Si la actuación se desarrolla entre 6 y 10 municipios: 15 puntos
Si la actuación se desarrolla en 11 municipios o más: 20 puntos
2. Destinatarios del proyecto o actividad.
Si está dirigido a un sector o tipo de población concreto: 10 puntos
Si está dirigido al conjunto de la población de la comarca: 20 puntos
3. Mejora de la calidad de vida de la población.
Si la actividad o evento contribuye a una mejora en la calidad de vida de la población
local a través de la creación o mejora de la oferta cultural, deportiva, de ocio o de
servicios destinados a la misma: 10 puntos
4. Fomento del turismo y la actividad económica.
Actividades/eventos que favorezcan el desarrollo del turismo y la actividad económica
en la comarca: 20 puntos
5. Utilización o puesta en valor de recursos locales.
Actividades/eventos en los que se utilizan o se ponen en valor recursos endógenos de
la comarca
Actividades/eventos que promocionen, divulguen, formen, conciencien y sensibilicen
sobre los recursos locales.
Actividades/eventos en los que se utilicen proveedores locales o contratación de
mano de obra de la comarca
El cumplimiento de este criterio se valorará con 20 puntos.

6. Carácter piloto o innovador.
Actividades/eventos que introduzcan en la comarca novedosas acciones,
metodologías, tecnologías, servicios a la población, infraestructuras, etc.
Actividades/eventos de prueba, para una primera puesta en escena con la intención
de considerar la posibilidad de continuar desarrollándolos.
El cumplimiento de este criterio se valorará con 20 puntos.
7. Mejora medioambiental.
Actividades/eventos que promocionen, divulguen, formen, conciencien y sensibilicen
sobre la conservación y protección del medio ambiente, el cambio climático y la
eficiencia energética.
Actividades/eventos respetuosos con el medio ambiente o incluya medidas que
reduzcan el impacto ambiental del proyecto o actividad.
Actividades/eventos que incorporen la utilización de energías renovables, un menor
consumo de energía y agua, disminución y tratamiento de residuos.
El cumplimiento de este criterio se valorará con 20 puntos.
8. Empleo.
Actividades/eventos que incorporen la contracción de trabajadores para su ejecución:
20 puntos

 

CUANTÍA A OTORGAR.
1.- La cuantía de colaboración se otorgará según puntuación obtenida y en todo caso
no será superior a lo solicitado (si así se ha indicado en la solicitud) ni al presupuesto
total de la actividad/evento.
2.-Para obtener colaboración de la Mancomunidad, la actividad o evento debe
obtener un mínimo de 50 puntos.
3.-Las ayudas se otorgarán de mayor a menor puntuación hasta agotar la
disponibilidad presupuestaria.
4.-En el caso de que varios proyectos tengan la misma puntuación, el criterio de
prelación será:
1º.- El que favorezca a un ámbito territorial mayor.
2º.- El que tenga mayor difusión y proyección.
5.-La cuantía máxima a otorgar será de 1.000 €
6.-Tramos de ayuda:
– De 50 a 100 puntos: 300 €
– De 105 a 135 puntos: 500 €
– 140 o más puntos: 1.000€