Punto de información al consumidor

CARTEL PIC 2023-24

Atención presencial con cita previa: 641 540 044
Horario 2023 / 2024: 9:30 a 12:30 h.
6 y 20 de junio de 2023
4 y 18 de julio
1 y 22 de agosto
5 y 19 de septiembre
3 y 17 de octubre
2 y 15 de noviembre
4 y 18 de diciembre
4 y 17 de enero de 2024
13 y 27 de febrero
12 y 21 de marzo
9 y 23 de abril
7 y 28 de mayo

Indicar que la asistencia de manera presencial tendrá lugar mediante cita previa (641 540 044) a partir del 1 de septiembre de 2022, en el horario de 09:30 a 12:30 h.

Correo electrónico: pic1@dipucordoba.es

 

¿Qué es un PIC?

La Red provincial puntos de información a la persona consumidora (en adelante, PIC), tiene como finalidad dar información y orientación a los consumidores en aquellos municipios donde no exista una oficina municipal de información al consumidor.

Actualmente la Red Provincial PIC, cuenta con treinta y cinco (35) puntos de información a la persona consumidora que se gestionan en colaboración con asociaciones de consumidores y usuarios. Los Puntos de información a la persona consumidora (PIC), se sitúan territorialmente con criterios de equilibrio intermunicipal, de manera que el servicio llegue no sólo a la ciudadanía del municipio donde se ubica el PIC, sino también a vecinos y vecinas de los municipios limítrofes:

Los 35 municipios donde prestan sus servicios los PIC, cuentan con el compromiso expreso de colaboración con la Diputación de Córdoba en la gestión de los puntos de información a la persona consumidora, satisfaciendo las necesidades de sus vecinos y vecinas en materia de defensa y protección de los derechos de los consumidores, a través de los sistemas alternativos de resolución de conflictos, como son la conciliación y mediación en consumo.

 

¿Cuáles son sus funciones?

Los PIC tienen como objeto la protección y defensa de los derechos de los consumidores y usuarios a través de procedimientos eficaces, como son la conciliación y mediación. Para conseguir este objeto, realizará:

  • Información, ayuda y orientación a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
  • Divulgación y fomento de los Sistemas Alternativos de Resolución Extrajudicial de los conflictos en materia de consumo: Conciliación, Mediación y el Sistema Arbitral de Consumo.
  • Recepción, registro y acuse de recibo de las reclamaciones, quejas y denuncias de las personas consumidoras y usuarias.
  • Tramitación y resolución a través de los sistemas alternativos de resolución de conflictos en materia de consumo, derivadas de problemas concretos en relación con deficiencias de calidad o irregularidades en la prestación de servicios o productos adquiridos, y seguimiento de las mismas para informar debidamente a las personas interesadas. Las consultas/reclamación podrán ser presentadas de forma presencial, telefónica, escrita o vía electrónica.
  • Elevar, a instancia de las partes interesadas, la solicitud de arbitraje a la Junta Arbitral de Consumo que corresponda por razón del territorio y/o materias, con información y documentación detallada y completa de la cuestión, o a cualquier otra instancia extrajudicial que correspondiera.
  • Poner a disposición de los usuarios de los PIC las campañas informativas que pudiera desarrollar el Departamento de Consumo y Participación Ciudadana, tendente a conseguir un mejor conocimiento por parte de las personas consumidoras y usuarias en relación sus derechos y obligaciones en materia de consumo.